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Etiquetado frontal: el 20 de agosto inicia su «arribo» a las góndolas

Los primeros en tener que ofrecer alimentos con los octógonos negros serán las grandes cadenas de supermercados. La especialista en diabetes, Silvia Lapertosa y el supermercadista local Ernesto Barbero, dieron sus opiniones.

Desde el 20 de agosto, los supermercados y grandes cadenas deberán exhibir en sus góndolas productos con sus respectivas etiquetas negras (etiquetado frontal) para advertir al consumidor si el producto tiene exceso de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías o sodio. Esto se debe a la Ley 27.642 que fue publicada en el Boletín Oficial en noviembre del año pasado, a través de la cual se busca garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada.

A nivel local, época consultó al supermercadista Ernesto Barbero y a la presidente de la Sociedad Argentina de Diabetes, Silvia Lapertosa.

Barbero manifestó al respecto que «la idea es positiva pero en el contexto actual no sé si el grueso de la industria alimenticia está en condiciones de avanzar con su implementación».

«Hoy por hoy, existen otras problemáticas de fondo que requieren ser solucionadas, como son: la falta de algunos productos, frenar la inflación y redinamizar el consumo. Yo creo que la industria alimenticia va a pedir una prórroga. La ley es muy buena y es un avance a nivel de mejoras en la cultura alimentaria. Veremos cómo se van dando los avances».

A su turno, Lapertosa señaló que «la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable tiene por objeto garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada de la población. Las personas podrán observar en un lugar bien legible y con octógonos negros, si el producto que están por comprar es rico en sodio o tiene mucha grasa o azúcar».

La especialista y exdirectora del hospital Vidal, agregó que «esta normativa pone énfasis en la alimentación de los niños, a sabiendas que cuatro de cada diez chicos del país tiene sobrepeso. Quedará prohibido el uso de juguetes para promover el consumo de hamburguesas, chocolates y otros alimentos. En los kioscos de colegios, las frutas reemplazarán a las golosinas y gaseosas».

Reglamentación

El pasado 23 de marzo se publicó el Decreto 151/2022 en el Boletín Oficial, con el que el Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (27.642), conocida popularmente como la Ley de Etiquetado Frontal. Así quedó establecida la obligación de las empresas alimenticias de informar sobre los productos que tienen excesos de componentes que pueden ser nocivos para la salud.

La medida comienza a regir dentro de tres semanas para las grandes cadenas de supermercado. A su vez, se aclaró que las empresas pequeñas o medianas tendrán más tiempo hasta el 20 de febrero de 2023 para incorporar el etiquetado.

El Ministerio de Salud de la Nación, en tanto, informó que un 35% de las 2.658 solicitudes de prórroga para la implementación de las etiquetas fueron aprobadas.

De hecho, se remarcó que «del total de registros con autorización sanitaria, sólo un 3,13% fueron prorrogados y corresponden en su mayoría a grandes empresas y PYME».

De acuerdo a lo indicado por el organismo, los pedidos de prórroga se pueden realizar en caso de una limitación, con motivos justificables «en el cumplimiento del cronograma de implementación para la adecuación a la declaración del rotulado frontal».

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