El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, presentó un proyecto de ley en el Congreso cuyo objetivo es convertir planes sociales en empleo genuino generando alivio económico a las MIPyMES y capacitación laboral a los empleados.
El titular de la Cámara baja, Sergio Massa, impulsa un proyecto de ley para crear el Programa “Un Puente al Empleo”, con el objetivo de transformar, de manera gradual y con un criterio federal, los planes, programas sociales y prestaciones de la seguridad social en empleo formal, y llevar alivio económico para MIPyMES que generen empleo.
Con este criterio, el programa promueve una transformación gradual y establece facilidades como el mantenimiento de los planes sociales por 12 meses como complemento del salario y el acceso a obra social y ART. Los trabajadores deberán capacitarse y completar cursos de formación para acceder. También podrán participar empleados de cooperativas municipales y de organizaciones sociales.
La iniciativa del oficialismo busca “consolidar y dar sostenibilidad a esta tendencia positiva en la generación de empleo dando previsibilidad a los y las trabajadores y a los distintos sectores de la economía”, orientando sus beneficios en brindar alivio económico a las MIPyMES que generen empleo.
Para ello, “Un Puente al Empleo” se centra en dos beneficios principales: por un lado, propone la reducción de hasta el 100% de las contribuciones patronales para las nuevas relaciones laborales por hasta 24 meses por cada empleado, considerando como tope máximo la suma equivalente a dos salarios mínimos por cada uno y con una nómina tope incremental de 5 a 20 empleados.
Además, podrán subsanar la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) y obtendrán la cancelación de la deuda por capital e intereses y multas por falta de pago de aportes y por las relaciones laborales registradas irregularmente.
Para poder acceder a estos beneficios, las MiPyMES no podrán reducir la nómina laboral ni tener ningún empleado no registrado; no podrán registrar obligaciones previsionales de pago líquidas y exigibles por seis o más períodos fiscales, teniendo la posibilidad de regularizar esta situación dentro de los 30 días de la intimación administrativa y no podrán registrar sanciones laborales que impliquen que sean incorporados en el REPSAL.